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Artículo 1

Decreto 3271 de 1947 · DECRETO 3271 DE 1947, 07/10/1947, Por el cual se adiciona el Decreto número 3654 de 1946 sobre movimiento de fondos de la Caja Nacional de Previsión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adiciónase el Decreto número 3654 de 1946 (diciembre 24), en el sentido de disponer que le movimiento de fondos dentro y fuera del país que requiera la Caja de Previsión Social de los Empleados y Obreros Nacionales, se hará por la Tesorería General de la República a petición de dicha Caja, y por conducto de las correspondientes oficinas de Hacienda Nacional, de conformidad con las normas que para el movimiento de fondos oficiales fije o tenga fijadas el Departamento de Contraloría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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