Micelio

Artículo 1

Decreto 3265 de 1947 · DECRETO 3265 DE 1947, 07/10/1947, Por el cual se reglamentan las vacaciones del personal de las Oficinas Centrales de Medicina Legal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las vacaciones anuales del personal científico de las Oficinas Centrales de Medicina Legal tendrán lugar por turno, para cada médico, en la época en que a juicio del Gobernador del Departamento respectivo, disminuyan las labores en las oficinas judiciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3265 de 1947