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Artículo 20

Decreto 2076 de 1992 · DECRETO 2076 DE 1992, 23/12/1992, Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . SERVICIO DE EDUCACION. De acuerdo con el numeral 6º del artículo 476 del Estatuto Tributario, para los efectos allí previstos, se consideran servicios de educación, además de los prestados por los establecimientos de educación preecolar, básica (primaria y secundaria), media e intermedia, superior, especial o no formal, reconocidos como tales por el Gobierno, los servicios de educación prestados por personas naturales a dichos establecimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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