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Artículo 86

Funciones De La Vicepresidencia De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones.

Decreto 2656 de 2014 · DECRETO 2656 DE 2014, 17/12/2014, por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones de la Vicepresidencia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

1.

Planear, coordinar, dirigir y controlar los procesos y procedimientos relacionados con gestión de tecnologías de la información y las comunicaciones, garantizando su alineación con la Planeación Corporativa.

2.

Definir y proponer las políticas, estrategias y programas para el adecuado uso y ges­tión de las tecnologías de la información y comunicaciones que se requieran implementar en el Banco.

3.

Diseñar e implementar la arquitectura de tecnologías de la información y las co­municaciones que aporten en la eficiencia y efectividad de los procesos; orientando al Banco hacia tecnologías y comunicaciones de avanzada y eficientes que propendan a la modernización del mismo.

4.

Liderar, coordinar, y gestionar las acciones necesarias en tecnología informática y comunicaciones modernas, para el desarrollo de nuevos productos, servicios, convenios y canales; asesorando y acompañando las dependencias del Banco.

5.

Participar en la identificación e implementación de mecanismos, controles y sistemas que permitan resguardar y proteger la información buscando mantener la confidencialidad, disponibilidad e integridad, en coordinación con la Vicepresidencia de Riesgos.

6.

Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia, a la Vicepresidencia Ejecutiva y a los demás Órganos de Dirección del Banco, en el diseño, desarrollo, implantación, control, ajuste y mantenimiento de la plataforma tecnológica informática del Banco.

7.

Garantizar un desarrollo tecnológico moderno que le permita al Banco ser competitivo en la prestación de sus servicios.

8.

Planear, coordinar, dirigir, asesorar, acompañar y controlar el componente tecnológico de los proyectos de modernización del Banco que se requieran para el efectivo desarrollo, actualización y mantenimiento de la infraestructura, así como las comunicaciones, los servicios, los sistemas y las aplicaciones que soportan los procesos.

9.

Garantizar la optimización y estandarización de los procedimientos a su cargo eje­cutados en Dirección General y Regionales.

10.

Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los regla­mentos determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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