º . OBLIGADOS A APLICAR EL SISTEMA. Están obligados a aplicar el sistema de ajustes integrales por inflación, todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a llevar libros de contabilidad, con excepción de los siguientes
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que estando obligadas a llevar libros de contabilidad, cumplan los requisitos señalados a continuación
Que sus ingresos provenientes de su actividad comercial en el año fiscal inmediatamente anterior, no superen la suma de veintitrés millones setecientos mil pesos ($ 23.700.000). Cuando se hubieren iniciado operaciones en el año, solamente se tendrá como referencia el valor del patrimonio señalado en el siguiente literal;
Que su patrimonio bruto fiscal a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o inicial cuando se inicien actividades durante el año, no sea superior a sesenta y cinco millones novecientos mil pesos ($ 65.900.000), y
Que no se tenga más de dos establecimientos de comercio.
Las entidades sin ánimo de lucro, las cooperativas y en general los contribuyentes del régimen tributario especial, previstos en el artículo 19 del Estatuto Tributario.