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Artículo 120

Decreto 2256 de 1991 · DECRETO 2256 DE 1991, 04/10/1991, por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del presente Decreto, se denomina veda a la restricción total y temporal de la explotación de una o más especies en un área determinada. Igualmente, se denomina área de reserva la zona geográfica seleccionada y delimitada en la cual se prohibe o se condiciona la explotación de determinadas especies. Corresponde al INPA delimitar y reservar las áreas que se destinen a esta finalidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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