En el acto administrativo que otorgue un permiso se determinará, cuando menos
La identificación del titular del permiso.
El área de operaciones.
La cuota de pesca para el correspondiente período.
El porcentaje mínimo de la cuota que deberá destinarse al consumo interno.
Las obligaciones sobre la forma de aprovechamiento del recurso.
El término del permiso.
Las causales de revocatoria y las sanciones por incumplimiento.
Los requisitos para la prórroga, cuando ésta sea procedente.
El valor de las tasas y derechos y la forma de pago, para cada período.
Los demás que para cada clase de permiso en particular, establece el presente Decreto.