Micelio

Artículo 41

Decreto 2256 de 1991 · DECRETO 2256 DE 1991, 04/10/1991, por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 13 de 1990, los productos obtenidos de las faenas de pesca marina deben descargarse en puerto colombiano para su procesamiento o comercialización. Sólo en casos excepcionales debidamente justificados, el INPA podrá autorizar el transbordo en puerto de los productos con destino a la exportación, bajo inspección de funcionarios de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2256 de 1991