Micelio

Artículo 28

Decreto 2256 de 1991 · DECRETO 2256 DE 1991, 04/10/1991, por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La extracción comercial industrial podrá realizarse con embarcaciones de bandera colombiana o de bandera extranjera. Estas últimas deberán operar mediante contrato de afiliación o fletamento con una empresa pesquera colombiana titular de permiso de pesca También podrá realizarse esta extracción mediante asociación con el INPA en los términos señalados en el artículo 105 del presente Decreto, utilizando embarcaciones de bandera nacional o de bandera extranjera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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