El valor de los impuestos a que haya lunar, incluido el impuesto al valor agregado, quedarán comprendidos dentro del valor de adjudicación de las mercancías que se enajenen de conformidad con el presente Decreto. CAPITULO V Devoluciones.
Decreto 2687 de 1991 →Vigente
Artículo 23
Decreto 2687 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre enajenación y destino de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.