Micelio

Artículo 15

Decreto 2687 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre enajenación y destino de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo Rotatorio de Aduanas podrá donar las mercancías a que se refiere el inciso 1º del artículo 1º de este Decreto, mediante resolución motivada del Director General de Aduanas, a las entidades públicas del orden nacional o regional encargadas de la atención de los servicios de salud, educación y bienestar familiar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2687 de 1991