º El Fondo Rotatorio de Aduanas podrá enajenar las mercancías mediante las siguientes modalidades
Remate en pública subasta a través de Martillos autorizados.
Oferta pública mediante convocatoria y recibo de propuestas en sobre cerrado, con garantía de seriedad de las ofertas y adjudicación al mejor postor; la cual podrá realizarse directamente o por intermedio de Martillos autorizados, de agremiaciones o asociaciones de industriales o comerciantes de reconocida solvencia moral y económica; en este último caso deben estar registrados, acreditados y asociados debidamente con Martillos legalmente autorizados.
Ventas al público a precios fijos en bodegas propias o de terceros a través de establecimientos comerciales de reconocida solvencia moral y económica debidamente registrados y acreditados.
Las mercancías que en el país tengan registro de propiedad Intelectual, industrial, de marcas o patentes, consideraciones especiales que deban darse a la protección de la industria y al trabajo nacionales o con características especiales para su comercialización, podrán ser vendidas directamente a asociaciones o agremiaciones de productores, comerciantes y distribuidores, sin ánimo de lucro, con amplia experiencia, plenamente reconocidas y acreditadas en el país, con base en la solicitud que para tal efecto presenten los interesados. Para este tipo de mercancías el Fondo Rotatorio o de Aduanas podrá realizar ventas en el Exterior.
Venta directa a entidades públicas, definidas en el artículo 267 del Decreto - ley 222 de 1983 y aquellas entidades sin ánimo de lucro comprometidas con el Gobierno Nacional y el Ministerio de Educación Nacional en las zonas marginadas.