ACTOS SUJETOS A REGISTRO. Se inscribirán en el Registro los siguientes actos
Las licencias de exploración.
Las licencias de explotación.
Los contratos de concesión.
Los aportes.
Los subcontratos de explotación que se celebren, en ejecución de los actos antes mencionados
La constitución, reforma y disolución de la sociedad ordinaria de minas.
Los títulos mineros vigentes.
Los títulos y providencias definitivas sobre propiedad privada de las minas.
Los programas de trabajos e inversiones definitivamente aprobados.
Los gravámenes que pesen sobre el derecho a explorar y explotar o sobre las instalaciones y equipos mineros.
Las servidumbres mineras.
Los embargos de los derechos a explorar y explotar, así como cualquier providencia judicial que afecte tales derechos.
Las garantías constituidas por los exploradores y explotadores y las sanciones que se hayan impuesto.
Cualesquiera otros actos que normas especiales lo dispongan.