DESPOJO Y PERTURBACION POR AUTORIDAD. Lo dispuesto en los artículos anteriores se aplicará por parte del Ministerio de Minas y Energía, cuando el despojo o la perturbación del derecho a explorar y explotar se causen por actos de las autoridades administrativas de todo orden, realizados en abuso o desviación de sus atribuciones o cuando ellas mismas pretendan explorar y explotar sin título o sin autorización especial y expresa de la ley. CAPITULOXXXI. REGISTRO MINERO.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 288
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.