AUXILIO DE LAS AUTORIDADES. El Ministerio, en ejercicio de las facultades señaladas en los artículos anteriores, además de adoptar las medidas e impartir las órdenes pertinentes, podrá ponerlas en ejecución, directamente con el auxilio de las demás autoridades nacionales, seccionales y locales o por comisión que a éstas les confiera. Las medidas y órdenes mencionadas serán de ejecución inmediata y podrán estar dirigidas a la restricción de las explotaciones, a su continuación ajustada a determinadas regulaciones de conservación o a su cierre temporal, total o parcial, mientras éstas se adoptan.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 256
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.