SUMINISTRO DE BIENES. En la compra y suministro de bienes de cualquier clase, el beneficiario de la licencia o concesión preferirá los ofrecidos por la industria nacional e igualdad de condiciones de calidad, oportunidad y seguridad en las ofertas. En este caso, se considera que hay igualdad de condiciones en cuanto al precio, si el de los bienes de producción nacional excede al de los de producción extranjera en un quince por ciento (15%). También en las compras y suministros de que trata este artículo se hará la desagregación de los pedidos u órdenes de manera que pueda concurrir a atenderlos la industria nacional.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 242
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.