CAPACITACION DE FUNCIONARIOS. Los titulan de derechos mineros desde que inicien la explotación, deberán contribuir al Fondo de Becas del Ministerio de Minas y Energía con una cuota anual, equivalente a uno, dos o tres salarios mínimos mensuales vigentes, dependiendo de que se trate de proyectos de pequeña, mediana o gran minería, respectivamente. Dichas sumas se pagarán a la presentación de los informes anuales de explotación y serán destinadas a la educación de los empleados del Ministerio y sus familiares.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 234
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.