Micelio

Artículo 135

Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

LIBERTAD DE BAREQUEO. Se puede ejecutar libremente el barequeo o mazamorreo en los lechos y playas de los ríos y en otros terrenos aluviales que señale el Ministerio con excepción de las siguientes áreas o lugares

a)

Las que están excluidas de todo trabajo minero por los literales a), b) y d) del artículo 10, con las salvedades en ellos previstas.

b)

En los lugares donde operen las maquinarias e instalaciones de los beneficiarios de un título minero o en los que realice sus trabajos, más una distancia circundante que señalará el reglamenta para seguridad de las personas y bienes y para evitar la perturbación de los derechos de dichos beneficiarios.

c)

En los lugares donde el alcalde lo prohíba por razones de seguridad, salubridad, ornato y desarrollo urbanos. En ningún caso se podrá adelantar esta operación en terrenos de propiedad privada sin autorización de su dueño.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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