SISTEMA DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE PIEDRAS PRECIOSAS. La exploración y explotación de piedras preciosas y semipreciosas, se hará por aporte otorgado a empresas industriales y comerciales del Estado vinculadas al Ministerio de Minas y Energía que podrá adelantar esas actividades directamente o por medio de contratos con otras entidades públicas o con particulares. Las condiciones y requisitos de estos contratos serán los que la ley exige para los de los particulares y serán regulados por la junta directiva de la empresa. Si versaren sobre proyectos de gran minería se ajustarán a los criterios y reglas señaladas en los artículos 82 a 87 de este Código.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 102
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.