Micelio

Artículo 93

Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SISTEMA DE EXPLORACION Y EXPLOTACION. La exploración por métodos de subsuelo y la explotación de minerales radiactivos y de sus subproductos, se hará por actos otorgados al Instituto de Asuntos Nucleares. Este podrá ejecutar los trabajos directamente o por medio de contratos con particulares, celebrados atendiendo los criterios y reglas establecidas en los artículos 82 a 88 de este Código. Para estos efectos, se considera mineral radiactivo todo aquel que contenga torio y uranio en concentraciones superiores al 0.1%. Este valor podrá ser modificado por el Gobierno Nacional, siempre que las circunstancias técnicas y económicas así lo exijan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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