FACTORES QUE DEBEN CONSIDERARSE EN LA CONTRATACION. Las entidades descentralizadas, dentro de un criterio o comercial, al acordar los términos y modalidades de cada contrato, deberán tener en cuenta, entre otros factores, el tipo y clase del mineral a explotarse su calidad el posible de reservas que hagan factible su explotación, la ubicación geográfica de los depósitos y yacimientos, las facilidades de transporte a los mercados y las proyecciones de la demanda y del precio interno y externo de los minerales.
Decreto 2655 de 1988 →Vigente
Artículo 83
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.