º. Las mercancías aprehendidas se entregarán inmediatamente al Fondo Rotatorio de Aduanas en las bodegas situadas en el ámbito de la jurisdicción de la Administración de Aduana competente. A más tardar, al día hábil siguiente de haberse efectuado la aprehensión, el Administrador de Aduana o su delegado dispondrá las correspondientes diligencias de reconocimiento y avalúo.
Decreto 2352 de 1989 →Vigente
Artículo 9
Decreto 2352 de 1989 · DECRETO 2352 DE 1989, 17/10/1989, Por el cual se establece el procedimiento correspondiente a la aprehensión y al decomiso de mercancias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.