º. La notificación del acta de aprehensión de mercancías realizada en medios de transporte, se hará en forma personal
Al transportista internacional, cuando se trate de mercancías aún no entregadas a la Aduana.
A quien figure como solicitante de la aplicación de un régimen aduanero. 3 A quien transporte la mercancía y a quienes aparezcan como remisor o consignatario en la guía de transporte, en los demás casos. Cuando no fuere posible hacer esta notificación personal al momento de la aprehensión, el Administrador de Aduana enviará por correo certificado una citación a las direcciones declaradas que las personas hayan anotado en el documento respectivo. Si al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación no hubieren comparecido las personas, se les notificará por estado que se fijará durante cinco (5) días en lugar visible de la División Legal y de Secretaría de la Administración de Aduana competente. De todo lo anterior se dejará constancia que se anexará al expediente.