Micelio

Artículo 9

Decreto 600 de 2003 · por medio del cual se expiden normas sobre los servicios de Valor Agregado y Telemáticos y se reglamenta el Decreto-ley 1900 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Prohibición de subsidios cruzados. Los operadores de servicios básicos de comunicaciones que simultáneamente presten servicios de Valor Agregado o Telemáticos no podrán efectuar subsidios a estos últimos, para lo cual deberán atenerse al principio de desagregación contable tanto para sus ingresos como para costos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 600 de 2003