Micelio

Artículo 7

Decreto 600 de 2003 · por medio del cual se expiden normas sobre los servicios de Valor Agregado y Telemáticos y se reglamenta el Decreto-ley 1900 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Contenido de la licencia. La licencia contendrá

1.

La identificación del licenciatario.

2.

El término de vigencia de la concesión.

3.

El ámbito de cubrimiento de la licencia, que podrá ser nacional cuando habilita al licenciatario para prestar los servicios de Valor Agregado y Telemáticos dentro del territorio nacional e/o internacional, cuando se otorga para prestar el servicio en conexión con el exterior, esto es, entre uno o varios puntos ubicados dentro del territorio nacional y uno o varios puntos ubicados en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 600 de 2003