Micelio

Artículo 5

Decreto 600 de 2003 · por medio del cual se expiden normas sobre los servicios de Valor Agregado y Telemáticos y se reglamenta el Decreto-ley 1900 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Condiciones para ser titular de la licencia

1.

Ser persona jurídica, con un capital social pagado no inferior a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes y cuya duración sea igual al término de la licencia y al menos un año más.

2.

No estar incurso en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal, lo cual se entenderá que se manifiesta bajo la gravedad del juramento con la presentación de la solicitud respectiva.

3.

Encontrarse cumplido con el Fondo de Comunicaciones por concepto de pago de las contraprestaciones a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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