Micelio

Artículo 3

Decreto 1531 de 1995 · por el cual se crea la Corporación para la Convivencia Ciudadana en la Región de Urabá -Conciudadana-.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Corporación tendrá un consejo directivo conformado por: El Ministro del Interior o su delegado, quien lo presidirá. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado. El Ministro de Educación Nacional o su delegado. El Delegado Presidencial para Urabá. Tres Representantes del Presidente de la República. El Gobernador del Departamento de Antioquia o su delegado. El Gobernador del Departamento del Chocó o su delegado. El Gobernador del Departamento de Córdoba o su delegado. Tres alcaldes de los municipios de la región elegidos por la totalidad de los alcaldes de la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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