Micelio

Artículo 29

Decreto 2247 de 1974 · Por el cual se modifican normas procedimentales en materia tributaria y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El término señalado por el artículo 9º de la Ley 8ª de 1970 y relativo al impuesto sobre la renta, será de cuatro (4) años, cuando la cuantía discutida fuere superior a quinientos mil pesos ($500.000.00). El efecto del artículo citado en el inciso anterior, estará sujeto a las siguientes reglas

1.

Que el recurso se haya interpuesto con la satisfacción de las exigencias señaladas en los tres primeros numerales del artículo 24.

2.

El recurso no se haya interpuesto con temeridad o mala fe, con arreglo lo dispuesto por el artículo 74 del Código de Procedimiento Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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