Micelio

Artículo 13

Decreto 2247 de 1974 · Por el cual se modifican normas procedimentales en materia tributaria y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las liquidaciones de revisión y las de aforo correspondientes a los impuestos de renta y ventas, deben contener los siguientes datos

1.

Fecha y número; en caso de no indicarse la primera, se tendrá como tal la de su notificación.

2.

Dirección lugar del domicilio.

3.

Período impositivo a que corresponda.

4.

Nombres y apellidos, denominación o razón social del contribuyente.

5.

Número de identificación tributaria.

6.

Bases numéricas determinación del tributo.

7.

Monto de los tributos y sanciones a cargo del contribuyente.

8.

Explicación sumaria de las modificaciones y rechazos efectuados en lo concerniente a la declaración y la liquidación privada.

9.

Firma del funcionario un sello de control manual o automatizado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2247 de 1974