Compensación . En todos los casos la devolución se efectuará una vez compensadas las deudas y obligaciones del solicitante. En el mismo acto que ordene la devolución se compensarán las deudas y obligaciones a cargo. También se podrá solicitar, en el mismo término establecido para la devolución, que las sumas a favor se imputen al pago de tributos aduaneros por otras operaciones del mismo importador.
Decreto 1909 de 1992 →Vigente
Artículo 88
Compensación
Decreto 1909 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente la legislación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.