Micelio

Artículo 77

Intereses Moratorios

Decreto 1909 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente la legislación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Intereses moratorios. Cuando quiera que se paguen obligaciones aduaneras de manera extemporánea y sobre aquellas pendientes de pago, se liquidarán intereses moratorios conforme a lo establecido en los artículos 634 y 635 del Estatuto Tributario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1909 de 1992