Micelio

Artículo 44

Sustitución Del Importador

Decreto 1909 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente la legislación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sustitución del importador. Para sustituir el importador de una importación temporal, deberá modificarse en este aspecto la declaración de importación, así como la garantía otorgada, sin que en ningún caso la sustitución conlleve prórroga del plazo o modificación de las cuotas. Cuando se celebren contratos de arrendamiento financiero "leasing" sobre bienes importados al país a través de importaciones temporales a largo plazo, tales contratos no generarán la terminación de dicha importación ni la pérdida de los beneficios obtenidos con la misma. En los eventos consagrados anteriormente, el respectivo contrato deberá conservarse por el importador, conforme al artículo 32 de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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