Eventos para rechazar el levante. No procederá el levante de la mercancía cuando se presente uno de los siguientes eventos
Cuando la declaración de importación se presentado con posterioridad al término establecido en el artículo 18 de este Decreto, o cuando se acuda al depósito o a la Aduana, según el caso, para obtener el levante, una vez transcurrido el mismo término;
Cuando la declaración de importación se haya presentado en lugar diferente a la jurisdicción aduanera de la mercancía;
Cuando la declaración de importación carezca de la constancia del pago de los tributos aduaneros exigibles;
Cuando la declaración de importación no contenga los siguientes datos: modalidad de la importación, subpartida arancelaria, descripción de la mercancía, cantidad, valor, tributos aduaneros y tratamiento preferencial;
Cuando la mercancía declarada no esté amparada con licencia de importación, certificado de sanidad o certificado de origen, cuando las normas lo exijan; o,
Cuando el nombre del declarante sea diferente al del consignatario del documento de transporte y no se acreditó endoso para el retiro de la mercancía.