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Artículo 2

Decreto 3207 de 1947 · DECRETO 3207 DE 1947, 30/09/1947, Por el cual se crea un cargo en el ramo de Carreteras Nacionales (Sanidad), Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Inspector de Sanidad Visitador dependerá directamente de la Jefatura del Departamento de Sanidad del Ministerio de Obras Públicas y sus funciones serán fijadas por el mismo Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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