Micelio

Artículo 63

Decreto 1698 de 1964 · Por el cual se organiza la Carrera Judicial y se dictan normas sobre Vigilancia Judicial y Ministerio Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones que la Constitución y las leyes les adscriben a la Procuraduría General de la Nación serán ejercidas por el personal de planta que tiene en la actualidad y, además, por los siguientes funcionarios cuyos cargos se crean en este Decreto: Despacho del procurador General Treinta (30) Fiscales Instructores Treinta (30) Secretarios Judiciales II Veinte (20) Asesores Jurídicos III Procuraduría Delegada para la Vigilancia Judicial: Un (1) Procurador Delegado Un (1) Subjefe de Sección V Tres (3) Sustanciadores VIII Un (1) Secretario Auxiliar III Sección de Archivo y Correspondencia: Un (1) oficinista V

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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