En los procesos disciplinarios de que daban a conocer la corte suprema de justicia el consejo de estado, los tribunales superiores de distrito judicial, los tribunal de aduanas, actuara como sustanciador y ponente el magistrado y consejero quien le correspondiera el turno en el reparto y el fallo sera dictado por una sala compuesta por el ponente y dos miembros de la corporación respetiva que siga en orden alfabético.
Decreto 1698 de 1964 →Vigente
Artículo 51
Decreto 1698 de 1964 · Por el cual se organiza la Carrera Judicial y se dictan normas sobre Vigilancia Judicial y Ministerio Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.