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Artículo 52

Decreto 1253 de 1988 · DECRETO 1253 DE 1988, 27/06/1988, Por el cual se dictan normas sobre evaluación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En su elaboración, trámite y uso se aplican las siguientes normas: a) ELABORACIÓN

1.

Es elaborado por la sección de sistemas de los departamentos o direcciones de personal.

2.

Su proceso es sistematizado.

3.

El acopio y actualización de la información es responsabilidad de la sección de sistemas e las jefaturas o direcciones de personal.

4.

En la sección "identificación" se registra: En los numerales 01, 02, 03 y 04: --Grado. --Fuerza (Ejército, Armada o Fuerza Aérea). --Apellidos y nombres del Oficial revisor. --Número de la cédula de ciudadanía y código.

5.

En la sección "clasificaciones obtenidas por los subalternos del revisor" se registra

a)

El número de Oficiales y Suboficiales clasificados en lista 1-2, 3-4 ó 5, de quien actuó como revisor, discriminados anualmente;

b)

El número de civiles clasificados en lista 1-2 ó 3, de quien actuó como revisor en cada año;

c)

El número total de Oficiales y Suboficiales clasificados por el revisor, en lista 1-2-3-4 ó 5;

d)

El número total de civiles clasificados en lista 1-2 ó 3, por el revisor. b) TRÁMITE: El documento es enviado por las jefaturas o direcciones de personal a las juntas de clasificación al interesado o autoridades evaluadoras que lo requieran. c) USO: 1. Este documento resume información acerca del desempeño del revisor, en su acción de orientar de manera justa y objetiva el proceso de evaluación. 2. Las cifras notoriamente inclinadas hacia las listas 1 ó 2 indican un relativo grado de benevolancia. 3. Cifras inclinadas hacia las listas 4 ó 5 indican un relativo grado de severidad. 4. La junta clasificadora hace análisis del comportamiento de la tendencia y modifica, si es del caso, el indicador "responsabilidad como evaluador" en el año correspondiente, cuando muestra marcada benevolencia o severidad. SECCION "D" FORMULARIO 3

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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