Micelio

Artículo 18

Decreto 591 de 1991 · por el cual se regulan las modalidades específicas de contratos de fomento de actividades científicas y tecnologicas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El convenio especial de cooperación contendrá como mínimo cláusulas que determinen su objeto, término de duración, mecanismos de administración, sistemas de contabilización, causales de terminación y cesión y estará sometido a las siguientes reglas

1.

No existirá régimen de solidaridad entre las personas que lo celebren, pues cada una responderá por las obligaciones que específicamente asume en virtud del convenio.

2.

Se precisará la propiedad de todos los resultados que se obtengan y los derechos de las partes sobre los mismos.

3.

Se definirán las obligaciones contractuales, especialmente de orden laboral, que asume cada una de las partes.

4.

El manejo de recursos aportados para la ejecución del convenio podrá efectuarse mediante encargo fiduciario o cualquier otro sistema de administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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