La Nación y sus entidades descentralizadas podrán celebrar directamente contratos de obra pública, consultoría e interventoría en obra pública, destinados al fomento de actividades científicas y tecnológicas, para la construcción montaje, instalación, mejoras, adiciones, conservación, mantenimiento y restauración de bienes inmuebles destinados al funcionamiento de laboratorios, bibliotecas, hemerotecas, centros de investigación, museos de ciencia o tecnología, observatorios, parques tecnológicos, incubadoras de empresas, instalaciones científicas, estaciones experimentales e infraestructura de redes de información, comunicación y telecomunicaciones.
Decreto 591 de 1991 →Vigente
Artículo 13
Decreto 591 de 1991 · por el cual se regulan las modalidades específicas de contratos de fomento de actividades científicas y tecnologicas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.