Micelio

Artículo 38

Decreto 1251 de 1989 · DECRETO 1251 DE 1989, 14/06/1989, Por el cual se reglamenta el artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

VEREDICTO DEL TRIBUNAL. Devueltos los cuestionarios, la Presidencia efectuará el escrutinio cuyo resultado por mayoría de votos, constituye el veredicto del Tribunal, el cual deberá firmarse por el Presidente y Secretario. Acto seguido el Presidente leerá el veredicto con el cual se dará por terminada la audiencia. Cuando la sanción fuere de suspensión, señalado en períodos distintos, se aplicará su promedio. CAPITULO II SANCIONES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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