Micelio

Artículo 28

Decreto 1251 de 1989 · DECRETO 1251 DE 1989, 14/06/1989, Por el cual se reglamenta el artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CONCEPTO DEL FISCAL. El concepto del fiscal no obliga al juzgador, quien convocará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recibo, el Tribunal de Honor para que juzgue en conciencia la conducta del acusado o declare que no existe mérito para tal juzgamiento. En este último caso se dará por concluida la actuación. La providencia por la cual se resuelve convocar el Tribunal, se notificará al inculpado y al vocero. TITULO SEGUNDO PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DE HONOR. CAPITULO I

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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