FALTAS GRAVES SANCIONABLES CON SUSPENSIÓN. Se consideran faltas graves sancionables con suspensión, las siguientes
Embriagarse o ingerir licor portando el uniforme.
Despreciar los símbolos y emblemas patrios y penitenciarios.
Hacer capitulaciones indebidas.
Mantener amistad con reclusos peligrosos o con personas que tengan algún parentesco o intimidad con el interno.
Revelar secretos institucionales, espionaje, dar a conocer indebidamente documento o noticia que deba mantenerse en reserva o secreto.
Demostrar cobardía en actos del servicio o en defensa de la Institución Penitenciaria.
Realizar actos que atenten contra la buena imagen de la Institución y que vayan en perjuicio de ella.
Portar, consumir o traficar con estupefacientes.
La deslealtad.
No cumplir con las obligaciones sociales o familiares o incumplir los compromisos de carácter pecuniario.
Hacer reclamaciones infundadas o hacerlas en forma descortés o irreglamentaria a sus superiores.
Agredir verbalmente al superior a los subalternos o a sus compañeros.