FALTAS GRAVES SANCIONABLES CON DESTITUCIÓN. Se consideran faltas graves sancionables con destitución, las siguientes
Disociar la unidad de la Institución, mancillando y/o difamando el honor de las personas a través de consejas, anónimos y murmuraciones, en forma hablada o escrita.
Sostener relaciones amorosas con esposo o compañera permanente de los empleados.
Ejecutar actos homosexuales o de lesbianismo o permitir que se ejecuten.