Criterios básicos de evaluación del desempeño. La evaluación del desempeño se hará en función de los aportes de cada Servidor Público al cumplimiento de los objetivos, metas y funciones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-. Para efectos de la evaluación se tendrán en cuenta los siguientes criterios
Marco constitucional y legal. Las funciones que le corresponde cumplir a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-, a través de sus servidores, se sujetarán a lo señalado en la Constitución Política, las leyes y lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo;
Plan Anual de Gestión. Con fundamento en el marco Constitucional y legal, el Director General deberá aprobar para cada vigencia fiscal, a más tardar el 15 de diciembre de cada año, el Plan Anual de Gestión para el año siguiente, el cual para su elaboración y consolidación, definirá mecanismos de participación de todos los servidores públicos de la entidad respectiva. En el Plan Anual de Gestión, de acuerdo con el Plan Estratégico de la Entidad, se identificarán todos los proyectos, actividades y funciones que deberá desarrollar la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-, y será la base para la posterior evaluación de los servidores de carrera. Dicho Plan incluirá de manera detallada todas las metas operativas institucionales y las acciones de mejoramiento a las que se comprometerá la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-.