º . Clases de nombramiento. Los nombramientos serán
Ordinario: Para los cargos de libre nombramiento y remoción, los cuales serán provistos previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del empleo;
En período de prueba: Es aquel mediante el cual se proveen los empleos del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP- con una persona seleccionada por concurso abierto y por un término de seis (6) meses a partir de la terminación de la etapa de inducción para el ejercicio del empleo, la cual tendrá la duración que en cada caso establezcan los términos de la convocatoria;
En encargo: Mientras se surte el proceso de selección los empleos de carrera podrán ser provistos en encargo, con el empleado de carrera que reúna los requisitos y las competencias establecidas para el perfil del cargo. De igual manera, los empleos de libre nombramiento y remoción podrán ser provistos en encargo, con el empleado de carrera o libre nombramiento y remoción que acredite las condiciones descritas en el inciso anterior. En caso de que no sea posible realizar el encargo, podrá hacerse nombramiento provisional. El cargo del cual es titular el empleado encargado podrá ser provisto en provisionalidad mientras dure el encargo;
De carácter provisional: Es aquel que se realiza para proveer, de manera transitoria, un empleo de carrera con personal no seleccionado mediante el sistema de mérito. Este nombramiento estará supeditado a que el respectivo cargo no se hubiese podido proveer en encargo, con personal que reúna los requisitos y el perfil para su desempeño.