º Cuando el Procurador General de la Nación o el Fiscal General de la Nación en desarrollo de investigaciones adelantadas en ejercicio de sus funciones, establezcan la existencia de las conductas a que se refieren los artículos 2º y 3º, solicitará a la autoridad competente que declare la caducidad del contrato, con base en las circunstancias que señalen dichos funcionarios en su solicitud. Incurrirá en causal de mala conducta el funcionario que no declare la caducidad del contrato dentro de los dos días siguientes a la fecha en que haya recibido la respectiva solicitud.
Decreto 1875 de 1992 →Vigente
Artículo 5
Decreto 1875 de 1992 · por el cual se dictan normas de conmoción interior sobre contratos y sanciones aplicables a los contratistas.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia