º . Decisiones . Las decisiones que adopte la Comisión tienen efecto inmediato. En el caso de que éstas deban constar en resoluciones, serán suscritas por el Ministro de Minas y Energía, en su carácter de Presidente, y refrendadas por el Director Ejecutivo; y serán publicadas en el Diario Oficial , conforme a lo dispuesto por la Ley 57 de 1985. Las decisiones que no requieran la expedición de una resolución, serán tramitadas por el Director Ejecutivo de la Comisión, quien realizará las actuaciones y suscribirá los documentos necesarios para cumplirlas en forma inmediata.
Decreto 30 de 1995 →Vigente
Artículo 6
Decreto 30 de 1995 · por el cual se desarrolla la estructura interna de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, como Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.