º. El Comité Sectorial de Seguimiento para el Sector Agropecuario, estará conformado así
El Ministro de Agricultura, o su delegado;
El Gerente del Instituto de Mercadeo Agropecuario -IDEMA-, o su delegado;
El Director del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural -Fondo DRI-, o su delegado;
El Gerente del Instituto de Colombiano de la Reforma Agraria -Incora-, o su delegado;
El Director del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras -INAT-, o su delegado;
El Presidente del Fondo para el Finaciamiento del Sector Agropecuario -Finagro-, o su delegado;
El Gerente de la Caja Agraria, o su delegado;
El Gerente del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -INPA-, o su delegado;
El Director de la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria -Corpoica-, o su delegado;
El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA- o su delegado;
El Gerente del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, o su delegado;
Dos delegados del Departamento Nacional de Planeación, designados por el director de esa entidad;
Un delegado del Presidente de la República.