Micelio

Artículo 3

Decreto 587 de 1991 · por el cual se modifican los estatutos básicos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras (Ingeominas).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Funciones. De acuerdo con sus objetivos el Instituto cumplirá las siguientes funciones

1.

Proponer a las instancias pertinentes las políticas generales que, en materia de investigación científica y tecnológica en las áreas de geociencias, minería y química, deba adoptar el Gobierno Nacional.

2.

Generar nuevos conocimientos técnicos en las áreas de las geociencias, la minería y la química, orientados a satisfacer los requerimientos científicos y productivos del país.

3.

Prestar asistencia técnica y servicios de consultoría e interventoría a entidades públicas y privadas en las diferentes áreas de su actividad.

4.

Realizar estudios e investigaciones, directamente o en asocio con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.

5.

Coordinar, adelantar y/o contratar con instituciones de educación superior o con personas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, programas de investigación y/o de cooperación técnica que se requieran para el desarrollo de sus objetivos.

6.

Asesorar al Gobierno y al sector privado en la gestión integral de la calidad en las áreas de su competencia.

7.

Elaborar, recopilar, sistematizar, publicar y divulgar los informes y estudios realizados.

8.

Impartir y desarrollar capacitación y entrenamiento en la investigación en las áreas que tengan relación con las funciones del Instituto.

9.

Asesorar a los sectores estatal y privado en lo concerniente a la adaptación, sustitución e importación de tecnología y a la asistencia técnica en las áreas que tengan relación con las funciones del Instituto y promover la formación y permanencia de grupos de investigación que permitan la asimilación y apropiación de la tecnología y posibiliten la creación de tecnología colombiana.

10.

Promover y/o participar en la creación, fusión y transformación de sociedades y personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan por finalidad adelantar actividades científicas y tecnológicas, proyectos de investigación y creación de tecnología, en las áreas de geociencias, minería y química.

11.

Preparar los proyectos de ley y decretos que tengan relación con las áreas de actividad del Instituto.

12.

Las otras que le confieran la ley y los estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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