°. Nivel Profesional. Agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la aplicación de los conocimientos forenses propios de cualquier carrera profesional, diferente a la formación técnica profesional y tecnológica, reconocida por la ley y que según su complejidad, experiencia y competencias exigidas, le puedan corresponder, además, funciones de coordinación, supervisión y control de áreas internas encargadas de ejecutar planes, programas y proyectos institucionales, así: DENOMINACION DEL EMPLEO CLASE GRADO PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE VI 13 PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE V 12 PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE IV 11 PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE III 10 PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE II 9 PROFESIONAL ESPECIALIZADO FORENSE I 8 PROFESIONAL UNIVERSITARIO FORENSE II 7 PROFESIONAL UNIVERSITARIO FORENSE I 6 PROFESIONAL ESPECIALIZADO VI 13 PROFESIONAL ESPECIALIZADO V 12 PROFESIONAL ESPECIALIZADO IV 11 PROFESIONAL ESPECIALIZADO III 10 PROFESIONAL ESPECIALIZADO II 9 PROFESIONAL ESPECIALIZADO I 8 PROFESIONAL UNIVERSITARIO II 7 PROFESIONAL UNIVERSITARIO I 6
Decreto 4669 de 2006 →Vigente
Artículo 4
Nivel Profesional
Decreto 4669 de 2006 · DECRETO 4669 DE 2006, 27/12/2006, por el cual se modifica el régimen de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones en materia salarial y prestacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.